A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Herrera Acosta Cilia Rocio·Demandado Avila Cristancho Sandra Patricia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Yopal y la Procuraduría Regional de Casanare.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una queja por presunto acoso laboral.
En esta oportunidad, la Sala Plena advierte que la controversia planteada corresponde a un caso similar al estudiado en el auto 345 de 2022.
Así, como quiera que una de las autoridades en disputa no forma parte de una jurisdicción, sino que es una autoridad administrativa que, además es un órgano de control (art. 117 C.P), no se presenta un conflicto de jurisdicciones.
En consecuencia, por carecer de competencia, la Corte se declaró inhibida para pronunciarse de fondo y remitió del expediente a la Procuraduría Regional de Casanare, por ser la autoridad a la que primero se remitió la queja, para que proceda según corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (21 puntos)
- Primero. Por carecer de competencia, declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2094 a la Procuraduría Regional de Casanare para que proceda según corresponda y comunique la presente decisión a los interesados.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.